
HOJAS DE RECLAMACIONES
El Boletín Oficial de La Rioja de 19 de abril
de 2013 promulgó la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los
consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja. En su Disposición adicional
segunda aprueba el modelo único de Hoja de Reclamación que será exigible a
todos los establecimientos que comercialicen productos y bienes, presten
servicios o ejerzan actividades profesionales en el territorio de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.

Desde
La Concejalía de Comercio del Ayuntamiento se informa a todos los establecimientos
de Calahorra que comercialicen productos
y bienes, presten servicios o ejerzan
actividades profesionales en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja
que a partir del 19 de octubre será obligatoria tanto la tenencia de hojas de
reclamaciones a disposición de los consumidores, como el anuncio en lugar
visible de su existencia.
El
incumplimiento de cualquiera de las dos obligaciones es constitutivo de
infracción en materia de protección al consumidor.
El
modelo único de hoja de reclamación es el publicado en el anexo de la Ley y
consta de tres ejemplares. El ejemplar nº 1 deberá dirigirlo el reclamante a
cualquiera de las oficinas de atención al ciudadano del Gobierno de La
Rioja. El ejemplar nº 2 quedará en su
poder y el ejemplar nº 3 en poder del
reclamado.
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