El concejal arnedano ha advertido de que comenzarán a
imponerse sanciones a quienes hagan mal uso de ellos.
El concejal de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Arnedo,
Carlos Tomás, ha dado esta mañana un
toque de atención a sus vecinos en torno al cumplimiento de la Ordenanza
Municipal Reguladora del Uso de Caminos. Esta normativa se modificó y aprobó a
finales de 2010, sin embargo, aún hay arnedanos que “no la están cumplimendo normalmente”, motivo por el cual ha llamado
a los vecinos a “hacer buen uso de los
caminos” y ha recordado que en ellos se han invertido más de 400.000 euros
para asfaltado y hormigonado de los mismos en el último año.
Carlos Tomás ha puesto una vez más a disposición de todos
los ciudadanos dicha ordenanza, “que
puede consultarse en la 3º planta del Ayuntamiento y que está a disposición de
todo el mundo” y ha adelantado que comenzarán a imponerse sanciones a
quienes incumplan las normas.
Entre los puntos y normas que incluye esta Ordenanza, Carlos
Tomás ha destacado varios de especial importancia y de obligatorio
cumplimiento, como es el caso del artículo 8, dedicado a plantaciones. Según ha
explicado el edil de Obras y Servicios los árboles deberán plantarse a 4 metros
de la arista exterior del camino; los setos vivos a 2 metros; el viñedo a 3
metros (consultar excepciones); los cultivos herbáceos a 1 metros; y los chopos
a 8 metros, para ser consecuentes con las normas aprobadas.
En cuanto a las modificaciones en fincas, Carlos Tomás ha
recordado que aunque sean fincas privadas, deberán contar con un permiso del
Ayuntamiento para realizarse. Así lo reza el artículo 10 de la Ordenanza que
dice que “la construcción de accesos a
fincas particulares, los cerramientos, así como la realización de obras de
nivelación o movimientos de tierras en fincas colindantes a caminos precisarán
autorización y licencia del Ayuntamiento”.
Carlos Tomás también ha querido destacar lo que recoge la
norma en relación a cunetas y linderos y ha recordado que “cuando no existe cuneta, los caminos deberán mantenerse limpios de
brozas, arbustos o vegetaciones”. La obligación de desbroce y mantenimiento
es, según el artículo 11 apartado A, de los propietarios y esta limpieza deberá
realizarse entre los meses de febrero y abril. En relación a esto el concejal
ha indicado que “en caso de no
realizarse, podrá hacerse por el personal municipal a costa del obligado”.
Asimismo, también es obligación de los propietarios que poden las ramas de los
árboles de las fincas colindantes con los caminos hasta una altura de 4,5
metros que partiendo de su propiedad sobrevuelen los mismos.
Por último, Carlos Tomás ha querido hacer referencia al
punto de carga de agua, cuyo uso es “exclusivo
de los agricultores para los tratamientos de productos fitosanitarios”. Con
respecto a esta norma, ha indicado que los caminos rurales de la ciudad cuentan
con 16 carteles que la contemplan y ha mostrado su malestar porque hay vecinos
que cogen el agua para otros usos, de ahí la importancia de limitar su abuso.
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